Son funciones y atribuciones del Director:
I. Llevar a cabo un programa anual de actividades que atiendan tanto el tratamiento individualizado de los internos, así cuanto a la atención y mejoramiento de los empleados de la institución en sus diversos niveles;
II. Supervisar cada uno de los sectores que comprenden el funcionamiento total de la institución, con objeto de detectar las fallas, establecer los medios de mejoramiento y preventivos que sean necesarios para llevar a buen fin los objetivos de la rehabilitación integral de los internos;
III. Procurar que los elementos físicos personales de la institución, se encuentren en buen funcionamiento a través de la eficaz actuación de cada uno de los subdirectores;
IV. Representar a la institución en los actos oficiales y establecer a través del Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social, la interrelación con las autoridades o personal del exterior, cuya actividad ayude a resolver los problemas de la institución;
V. Acordar semanalmente con el Jefe del Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social;
VI. Presidir el Consejo Técnico de Conformidad a los lineamientos que marca la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la libertad del Estado de Jalisco y los que este propio reglamento establece, tendrá además voto de calidad;
VII. Supervisar el cumplimiento de las diferentes etapas del sistema progresivo técnico, la observación y la clasificacion, la atención paralela a la familia y la ayuda a la víctima del delito. Esto último, antes de que el interno alcance la prelibertad;
VIII. Recibir en audiencia semanalmente a los internos que lo deseen independientemente de las emergencias;
IX. Comunicar decisiones y resultados, altas y bajas de la población penitenciaria, partes de novedades, formular proposiciones para la concesión o reconsideración de los beneficios que establece la Ley de Ejecución de penas Privativas y Restrictivas de la Libertad, plantear solicitudes de retención, rendir informes previos y justificados en amparo y, en general, realizar todas aquellas actividades que, refiriéndose a la esfera j urídica, correspondan a los internos y a la institución. Esta comunicación se hará a l os funcionarios y responsables, con copia siempre al Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social;
X. Imponer las sanciones y otorgar los estímulos, en los términos y medios a que se refiere la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad, y este propio reglamento;
XI. Cumplimentar, mediante la orden correspondiente, los traslados de los internos que se tengan que llevar a cabo, conforme se establezcan las instrucciones que se reciban de las autoridades competentes;
XII. Rendir informe anual de actividades y llevar a cabo por lo menos un estudio científico por año, en torno a los problemas de la institución, con objeto de que pueda ser publicado en la Revista Jalisco; y XIII. Realizar las demás tareas que le sean fijadas por el Departamento de Servicios Coordinados de Prevención y Readapatación Social, las leyes y el presente reglamento, y las que sean inherentes a sus propias funciones.
DE LA SUBDIRECCION GENERAL