En la institución abierta, los internos podrán usar sus ropas personales y quedarán sujetos a los horarios y actividades que se fijen en el instructivo respectivo.
Artículo 114
Reglamento del Centro de Readaptación Social· Título III › Capítulo VII
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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