Capítulo XI
Reglamento del Centro de Readaptación Femenil · arts. 128 a 135
Artículos
- Art. 128Las internas podrán conservar la custodia de sus hijos en el interior de la institución, hasta los tres años de edad. Sin…
- Art. 129Las guarderías serán controladas directamente por la administración, en forma correlacionada con el Centro de Observación y…
- Art. 130La dieta de los niños, deberá ser valorada por el servicio medico manufacturada con toda higiene. Este sector deberá tener el…
- Art. 131La madre podrá ver a sus hijos durante sus ratos libres pero no debe mezclarlos con la población de internas. Los niños que…
- Art. 132Cuando una interna sea transferida del sector de procesados a sentenciados, automáticamente sus hijos serán cambiados a la…
- Art. 133La Dirección establecerá, en relación con personal especializado, programas de atención a los menores.
- Art. 134La ropa de los menores será proporcionada por las madres. Sólo en caso de estar imposibilitadas, la Dirección proporcionará las…
- Art. 135Al cumplir los menores 3 años de edad, serán entregados a la familia de la interna o en caso de no existir ésta, a una…