Capítulo IX
Reglamento del Centro de Readaptación Femenil · arts. 121 a 124
Artículos
- Art. 121Los traslados que se lleven a cabo durante el proceso o ya sentenciadas, se verificarán con las seguridades debidas, pero sin…
- Art. 122Todos los traslados deberán llevarse a cabo por conducto de la institución y sin costo alguno para las internas.
- Art. 123La Dirección dispondrá el tipo de ropa que se use en los traslados, el número de custodias que se emplee y el tipo de armamento…
- Art. 124Los traslados que se verifiquen en relación a métodos colectivos, sólo los llevarán a cabo, elementos de trabajo social y, en su…