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Artículo 108

Reglamento del Centro de Readaptación Femenil· Título III › Capítulo VI

Toda interna que arribe al Centro de Readaptación Femenil, recibirá un instructivo en el que se establezcan sus derechos y obligaciones, el régimen general a que quedará sujeta, el sistema terapéutico implantado y, en general, todas las actividades que en el mismo se desenvuelven. Aquellas que sean analfabetas recibirán la información verbalmente, por la Subdirección de Trabajo Social.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.