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Artículo 20

Reglamento del Artículo Décimo Primero Transitorio de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco· Título Tercero. Del Procedimiento de Regularización de Permisos o Concesiones › Capítulo Unico

Los acuerdos de regularización y sus tarjetones serán emitidos por el C.

Secretario de Vialidad y Transporte conjuntamente con el Director General de Transporte Público de dicha Secretaría. Dichos tarjetones serán firmados en el reverso por el Director de sitios y especializados o por el Director del Transporte de pasajeros respectivamente, ambos dependientes de la Dirección General de Transporte Público de la Secretaría.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.