El convenio se elaborará en 2 dos ejemplares originales, salvo que se deba dar vista a la Procuraduría Social en cuyo caso se deberán realizar 3 tres, de los cuales uno será para el 6 centro al que pertenezca el prestador, el otro para el Instituto y el tercero para la representación social cuando así corresponda.
El convenio que el prestador de servicio envíe al Instituto, además de enviarse en original deberá enviarse a través de medios electrónicos, mediante el mecanismo que el Instituto establezca en su página de Internet www.ija.gob.mx a fin de generar un expediente electrónico, este procedimiento se aplicará para todos los documentos que se le requieran al prestador o que éste se encuentre obligado a remitir al instituto.
Los prestadores de servicio deberán realizar las gestiones y adecuaciones con objeto elaborar y remitir convenios en documentos electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología siempre y cuando se observen las disposiciones de la Ley de Firma Electrónica Certificada del Estado de Jalisco y sus Municipios.