Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 57

Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Tercero. DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS › Capítulo I. De los Uniformes, Insignias y Denominaciones

El uniforme debe reunir las siguientes características:

I. Camisa color blanco; con el logotipo de la empresa en la manga izquierda a cinco centímetros bajo la costura del hombro izquierdo;

II. La leyenda de seguridad privada, en el pecho a la altura de la parte superior de la cartera izquierda;

III. Pantalón de piso color negro con vivos laterales de cinco centímetros de ancho en color blanco;

IV. Zapato o botín color negro;

V. Chamarra color gris claro, en la que se asiente: a) Logotipo de la empresa que deberá ir en la manga izquierda a cinco centímetros bajo la costura del hombro izquierdo; b) Leyenda ubicada en el pecho a la altura de la parte superior de la cartera izquierda que identifique como elemento de seguridad privada;

V. Fornitura negra con los accesorios autorizados;

VI. Gorra color negra con la leyenda Servicio de Seguridad Privada al frente; y No se podrán usar cordones, rombos o insignias de mando en los hombros y mangas, así como tampoco pantalón de asalto, bota tipo militar, boina u otra prenda que sea exclusiva del ejército o corporación policíaca.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.