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Artículo 18

Reglamento de la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco· Capítulo IV. Del otorgamiento de Premios

Los premios señalados en la Ley, deberán sustentarse, para su entrega, en el análisis objetivo de los méritos del candidato; entendiéndose éstos, de acuerdo con la misma Ley, los actos, obras, proyectos o una trayectoria ejemplar a favor del Estado, del país o de la humanidad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.