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Artículo 186

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Noveno. TÉCNICA LEGISLATIVA › Capítulo II. Sistemática Legislativa › Sección Cuarta. Organización temática de la Ley

1. Son disposiciones orgánicas las que regulan:

I. Respecto de personas jurídicas, órganos y entes públicos: a) Su creación o extinción; b) Su naturaleza jurídica; c) Su objeto o función principal; d) Su integración o conformación; e) Su estructura orgánica interna; 79 f) Sus facultades, atribuciones y obligaciones generales; g) Las facultades, atribuciones y obligaciones particulares de sus unidades internas, las cuales se derivan de las generales de la persona, órgano o ente de que se trate; y h) Los demás aspectos similares a las anteriores;

II. Respecto de los titulares o integrantes de algún órgano o ente: a) Los procedimientos para su designación; b) Los requisitos para ocupar el cargo; c) El tiempo del cargo; d) La posibilidad, número de veces y procedimiento para volver a ocupar el cargo; e) Los supuestos y procedimientos de sustitución y suplencia; f) Los derechos y obligaciones generales; g) Las facultades específicas de cada cargo; h) La posibilidad de delegación de facultades en subordinados o terceros; y i) Los demás aspectos similares a las anteriores;

III. Respecto de órganos colegiados: a) El quórum de asistencia para ejercer válidamente sus funciones en primera y en su caso subsecuentes convocatorias; b) Los sujetos facultados para citar a reunión; c) Las formalidades para citación a reunión; d) Las formalidades para el desahogo de una reunión; e) Los sujetos con derecho a voz y voto o sólo con voz; f) La posibilidad del voto de calidad, del voto ponderado; g) La invitación o citación a terceros a las reuniones y las modalidades de su participación; h) La publicidad, reserva o secrecía de las reuniones; i) El sistema de registro de las reuniones; j) La obligatoriedad del libro de actas, ya sea en resumen o pormenorizadas; 80 k) El número mínimo de reuniones a realizar en determinado tiempo; l) Los mecanismos de toma de decisiones; m) Los tipos de votación; n) Los tipos de mayorías; ñ) Los tipos, naturaleza y alcance de las resoluciones; y o) Los demás aspectos similares a las anteriores; y IV. Aspectos similares a los anteriores.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.