En las medidas adoptadas en las quejas leves, los funcionarios acatarán las órdenes que para remediarlas reciban del Presidente. En el caso de desobediencia se instaurará el procedimiento a que se refiere el Título Quinto, Capítulo II de la Ley, que comprenderá la causa de la queja y la desobediencia.
Artículo 41
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo VI. DEL PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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