La Secretaría elaborará y mantendrá actualizado el inventario de fuentes de jurisdicción estatal, así como de sus emisiones con el objeto de contar con un banco de datos que le permita formular las estrategias necesarias para el control de la contaminación atmosférica.
Artículo 58
Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia del Impacto Ambiental· Capítulo VII. DEL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACION DE LA CALIDAD DEL AIRE
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