El Pleno del Instituto, aprobará el Plan de Verificación Anual, en el cual se establecerán los alcances de la verificación virtual del cumplimiento de la publicación de información fundamental, conforme a lo dispuesto por las disposiciones legales aplicables, así como la metodología para tales efectos.
Sin detrimento de lo anterior, el Pleno del Instituto, mediante acuerdo previo o por resolución, podrá ordenar la verificación virtual de las obligaciones de transparencia de información fundamental cuando se presuma el incumplimiento de algún sujeto obligado, éste se evidencie durante la sustanciación de un recurso de revisión, cuando se trate de información pública fundamental.