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Artículo 70

Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Sexto. DEL FONDO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES › Capítulo I. De los Requisitos y Procedimientos para Ingresar al Sistema Estatal de Creadores

Para alentar la formación y profesionalización de quienes se dedican a la creación artística y cultural, se establece el Sistema Estatal de Creadores, como un sistema de estímulo y reconocimiento en apoyo a la creación libre e independiente.

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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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