El Comité, en el ámbito de sus atribuciones vigilará que no se rebasen los porcentajes a que se refieren los artículos 13 y 14 de la Ley cuando analice el Proyecto de Presupuesto de Egresos por lo que ponderará la necesidad de incluir recursos públicos destinados a publicidad y educación, desde la perspectiva de las funciones sustantivas de la Dependencia o Entidad en su caso, ejecutora del gasto y tomando en consideración los proyectos a ejecutarse en el ejercicio presupuestal en análisis.
Para el caso de ampliaciones presupuestales, la Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará que no se rebasen los porcentajes señalados en el párrafo que antecede.