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Artículo 49

Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia· Capítulo VI. De la Comisión de Acceso a la Justicia y Sanción

Para cumplir con los objetivos en esta área se implementarán, cuando menos, lo siguiente: l. Directrices de apoyo para los servidores públicos que conozcan de los tipos y modalidades de violencia contemplados en la Ley, para facilitar su actuación en la aplicación de sanciones y medidas de reparación integral, conforme a la legislación aplicable que corresponda;

II. Medidas de atención y rehabilitación para los agresores;

III. Capacitación especial necesaria para la aplicación de las sanciones, dirigida al personal que integra las corporaciones de seguridad pública y del sistema de procuración y administración de justicia;

IV. Mecanismos de notificación al órgano de fiscalización correspondiente, en caso de incumplimiento de la Ley o el Reglamento por parte de los servidores públicos;

V. Lineamientos que faciliten a la víctima demandar la reparación del daño u otros medios de compensación o resarcimiento económico a cargo del agresor, en términos de la legislación aplicable;

VI. Indicadores de factores de riesgo para la seguridad de la víctima tales como los antecedentes violentos del agresor o el incumplimiento de las órdenes de protección de éste, entre otros;

VII. Vinculación con el Poder Judicial del Estado para capacitar e implementar en la práctica y aplicación del derecho la observancia dejas disposiciones internacionales y nacionales respecto a los derechos humanos de las mujeres;

VIII. Las prevenciones necesarias para evitar que las mujeres que han sufrido violencia vuelvan a ser víctimas de ésta;

IX. Los lineamientos que faciliten a la víctima demandar una reparación del daño u otros medios de compensación o resarcimiento económico a cargo del Estado, cuando haya responsabilidad de éste, en términos de la legislación aplicable; y X. . Buscar por los medios adecuados, la Implementación de medidas correctivas para los generadores y ejecutores de violencia contra las mujeres.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.