La ejecución de las sanciones por faltas administrativas que emanen del procedimiento de entrega-recepción y, en su caso, la reparación del daño, se llevará a cabo conforme se disponga en la resolución emitida por la autoridad respectiva.
Artículo 20
Reglamento de Entrega Recepción del Poder Legislativo· Capítulo IV. De las Responsabilidades y Sanciones
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