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Artículo 62

Leyes Orgánicas de la Universidad de Guadalajara (Educación, abrogada)· Capítulo Octavo. DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

Las personas que pretendan inscribirse como alumnos para seguir alguna de las carreras que se cursan en la Facultad, presentarán el certificado de haber terminado los estudios respectivos en la Escuela Preparatoria Oficial; certificado médico de buena salud, comprobante de haber pagado la cantidad de cinco pesos para gastos de Secretaría y además se someterán a las prescripciones que los reglamentos de la Universidad prescriban. La expresada cuota de cinco pesos será anual.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.