La consulta de un expediente personal del archivo de la Comisión se permitirá hacerla al interesado en las oficinas de la misma; invariablemente ante la presencia de funcionarios o empleados debidamente autorizados para ello.
Artículo 53
Leyes de Escalafon (Educación, abrogada)· Título Cuarto. De los procedimientos escalafonarios › Capítulo I. De la integración y consulta de los expedientes
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