La Coordinación de Administración y Finanzas tiene las siguientes atribuciones:
I. Apoyar al Secretario General en la administración de los recursos humanos del Constituyente;
II. Coadyuvar en el reclutamiento y selección de personal, de acuerdo a la normatividad aplicable;
III. Realizar los trámites para otorgar las prestaciones económicas y sociales de los colaboradores del Constituyente;
IV. Elaborar, por instrucciones del Secretario General, los nombramientos de los colaboradores del Constituyente;
V. Recibir y administrar bajo su responsabilidad y la del Secretario General los recursos financieros, previa autorización cuando así se requiera;
VI. Aplicar los recursos presupuestales del Constituyente de acuerdo con los programas y partidas autorizadas;
VII. Fungir como Unidad Centralizada de Compras del Constituyente, de acuerdo con la Ley de Compras;
VIII. Llevar la administración financiera del Constituyente;
IX. Elaborar la información relativa al avance presupuestal del Constituyente;
X. Colocar previo análisis, las disponibilidades económicas del Constituyente en las instituciones bancarias que ofrezcan las mejores condiciones de tasa de interés y productos para el Constituyente;
XI. Informar al Secretario General el estado que guardan los recursos del Constituyente;
XII. Organizar y dirigir la administración de los recursos materiales y financieros, así como el Almacén del Constituyente;
XIII. Ejecutar las acciones necesarias para que la administración de los recursos humanos, materiales, financieros y de servicios sea eficiente, eficaz y transparente; y XIV. Las demás que establezca está Ley.