1. La presente ley es de orden e interés público, así como de observancia obligatoria en el territorio del Estado de Jalisco y tiene por objeto:
I. Regular la venta y el consumo de bebidas alcohólicas; y II. Establecer las bases y modalidades para que los municipios autoricen, controlen, regulen y vigilen la operación y el funcionamiento de los establecimientos y giros dedicados a la venta de bebidas alcohólicas, e implementen programas para prevenir accidentes por el consumo excesivo de bebidas alcohólicas.