Las disposiciones de la presente ley son de orden público e interés social y tienen por objeto prevenir, sancionar, erradicar y reparar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Todas las autoridades del Estado respetarán y garantizarán en todo momento el derecho de toda persona a ser protegida contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.