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Capítulo Único

Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco · arts. 112 a 114

Artículos

  • Art. 112Las sanciones interpuestas por la Dirección podrán ser impugnadas conforme a los recursos que prevé la Ley del Procedimiento…
  • Art. 113Los afectados por las resoluciones de la Dirección podrán optar por interponer los recursos establecidos en la Ley del…
  • Art. 114Lo establecido en los artículos anteriores no será aplicable cuando la Dirección actúe como prestador de servicios de medios…