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Artículo 1

Ley Orgánica que crea al Organismo Público Descentralizado denominado Plataforma Abierta de Innovación y Desarrollo de Jalisco· Capítulo I. Disposiciones Generales

La presente ley tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de la Plataforma Abierta de Innovación y Desarrollo de Jalisco, como un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio.

Su patrimonio se integrará en términos de lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Los ingresos que obtenga el organismo con motivo de sus actividades, deberán destinarse para satisfacer sus necesidades operativas que le permitan operar y garantizar la adecuada prestación de los servicios que ofrezca, buscando en todo momento el cumplimiento de su objeto, así como su óptimo funcionamiento.

El régimen laboral de sus trabajadores se regirá conforme a la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.