El Supremo Tribunal de Justicia y el Consejo de la Judicatura precisarán en el Plan General del Poder Judicial sus objetivos, directrices, políticas, estrategias y líneas de acción que coadyuven a la mejora de la administración de la justicia en la Entidad.
Artículo 16-B
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Título Primero. DISPOSICIONES GENERALES › Capítulo V. DE LA PLANEACIÓN INSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.