La Red CJM deberá garantizar el ejercicio del derecho a la atención integral especializada, multidisciplinaria, desde la atención inicial hasta finalizar su proceso en todas sus 2 dimensiones; al acceso a la justicia, a la protección integral, a la salud integral, a la seguridad pública, a la seguridad personal, al refugio; tanto para las mujeres víctimas de violencia por razón de género, sus hijas e hijos y víctimas indirectas.
Artículo 5
Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Red de Centros de Justicia para las Mujeres· Título Primero. DISPOSICIONES GENERALES › Capítulo Único. Objeto y Definiciones
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