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Artículo 14

Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado de Jalisco· Capítulo V. Del Funcionamiento del Escudo Urbano C5

Al frente de cada unidad o área administrativa del “Escudo Urbano C5” habrá un titular responsable de la misma.

Cada uno de ellos expedirá los instructivos y guías relativos a los asuntos y trámites en que intervenga y a los servicios que proporcionen, así como los catálogos, instructivos y guías pertinentes, los que deberán contener información sobre la estructura orgánica autorizada del “Escudo Urbano C5”, las funciones de las unidades administrativas que la conforman, los sistemas de comunicación y coordinación, así como los procedimientos administrativos que se establezcan. Dichos instructivos y guías, deberán mantenerse actualizados.

Los manuales administrativos del “Escudo Urbano C5” serán autorizados por la Junta de Gobierno y expedidos por el Director General.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.