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Artículo 37

Ley Orgánica del Instituto Tecnológico José Molina Pasquel y Henríquez· Título Segundo. DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA › Capítulo I. De los Programas Educativos

Los programas de licenciatura comprenden los estudios profesionales que se realizan después del bachillerato. Los programas de licenciatura tienen el propósito de dotar al estudiante de la formación ética y cultural, así como de las capacidades técnicas necesarias para prestar servicios útiles a la sociedad e insertarse en el mercado laboral. 11 Los programas de licenciatura deberán aportar al estudiante de un método de reflexión filosófica y científica que le permita comprender, navegar y resolver las diferentes situaciones profesionales que enfrente.

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