Para la conformación del Consejo Consultivo, la Junta de Gobierno invitará a las instituciones académicas y de investigación del Estado, así como a dependencias federales y organizaciones sociales especializadas en temas de información estadística.
La Junta de Gobierno privilegiará la pluralidad de instituciones y de áreas de conocimiento. El cargo de integrante del Consejo Consultivo será honorífico.
La integración y funcionamiento del Consejo Consultivo se determinará en el Reglamento.
El Director General del Instituto puede invitar, con derecho a voz, a personas determinadas, cuando lo considere pertinente para el desahogo de asuntos específicos.