Son atribuciones del Patronato:
I. Realizar acciones para obtener ingresos adicionales y diferentes a los suministrados por la Federación y el Estado, necesarios para el funcionamiento del Colegio;
II. Administrar, acrecentar y poner a disposición del Colegio los recursos que gestione;
III. Proponer la adquisición de los bienes indispensables para la realización de actividades del Colegio;
IV. Presentar a la Junta Directiva, dentro de los tres primeros meses siguientes a la conclusión del ejercicio, los estados financieros dictaminados por auditor externo;
V. Apoyar las actividades del Colegio en materia de difusión y vinculación con el sector productivo; y VI. Ejercer las demás facultades que le confiere este ordenamiento y las demás disposiciones reglamentarias del Colegio.