Serán alumnos de la Universidad, todos aquellos que una vez admitidos, se encuentren inscritos para cursar algunos de los programas académicos que se impartan, habiendo cumplido con los requisitos y procedimientos de selección e ingreso establecidos, los cuales tendrán derechos y obligaciones que las disposiciones reglamentarias determinen.
Artículo 29
Ley Orgánica de la Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara· Capítulo Sexto. De los Alumnos
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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