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Capítulo QuintoDel Personal de la Universidad

Ley Orgánica de la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara · arts. 30 a 37

Artículos

  • Art. 30Para el cumplimiento de su objetivo, la Universidad contará con el siguiente personal: I. Académico, II. De confianza; y III.…
  • Art. 31El personal académico será el contratado por la Universidad para el desarrollo de las funciones sustantivas de docencia…
  • Art. 32El personal de confianza, será todo aquel que realice funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización.
  • Art. 33El personal administrativo, será aquel que no se encuentre comprendido en los artículos anteriores. 9
  • Art. 34El ingreso del personal académico, se realizará mediante concurso de oposición. Su ejercicio se sujetará a los procedimientos y…
  • Art. 35La contratación del personal académico se realizará de acuerdo a la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus…
  • Art. 36Las relaciones laborales de la Universidad con su personal, se regirán por lo previsto en los términos de la Ley para los…
  • Art. 37El personal universitario gozará de la seguridad social que establece la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco…