Las relaciones laborales de la Universidad con su personal académico y administrativo se regirán por lo dispuesto en el apartado "A" del artículo 123 de la Constitución 3 Federal, la Ley Federal del Trabajo, la presente ley y los estatutos específicos que expida el Consejo General Universitario.
El Estatuto General de la Universidad y demás reglamentos aplicables, regularán los deberes y derechos de los alumnos, egresados, graduados, jubilados y pensionados.