El gobierno del estado y los gobiernos municipales, por conducto de sus organismos o dependencias respectivas, mantendrán un sistema estatal de información ambiental, respecto de la vigilancia de los ecosistemas y la salud ambiental prevaleciente, en sus respectivas jurisdicciones territoriales; para lo cual, podrán coordinar sus acciones entre sí, y con el gobierno federal.
Asimismo, establecerán sistemas de evaluación de las acciones que emprendan.