Los individuos de la clase de tropa permanente, y los de la milicia nacional que estén sobre las armas, y los generales, jefes y oficiales, votarán como cualquiera ciudadano en su respectiva sección. Los individuos de la milicia nacional, que no estén en servicio activo, votarán en las secciones donde estén avecindados.
Artículo 26
Ley Electoral (1851) (Electorales, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
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