Para la elección que debe hacerse de diputados y senadores a la Legislatura del Estado, y de Gobernador, vice-gobernador e insaculados, se celebrarán juntas primarias, secundarias y de tercer grado.
Artículo 1
Ley Electoral (1851) (Electorales, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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