1. Para la celebración y desahogo de la sesión de Ayuntamiento Abierto, el Ayuntamiento, a través del Consejo Municipal emite la convocatoria con diez días hábiles de anticipación. 2. La convocatoria que emita el Consejo municipal debe contener por lo menos lo siguiente:
I. Identificación del Ayuntamiento convocante;
II. Temas que motivan la sesión de ayuntamiento abierto;
III. Lugar, día y horario para el registro de los habitantes que deseen participar; y IV. Lugar, día y hora de la celebración de la sesión de ayuntamiento abierto. 3. La convocatoria es publicada en la gaceta municipal, se debe fijar en lugares públicos y se le da la mayor difusión posible.