El recurso de revisión debe interponerse ante el superior jerárquico del servidor que emitió la resolución impugnada, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente en que la resolución se notifique o se haga del conocimiento del o los interesados; conforme a las disposiciones establecidas en la presente ley.
Artículo 135
Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco· Título Cuarto. DE LAS DEFENSAS DE LOS ADMINISTRADOS › Capítulo Primero. Del Recurso de Revisión
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