El titular del Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría, o de las Dependencias, cuando el caso lo amerite, proporcionarán al Congreso del Estado, la información general o particular que pueda contribuir a una mejor comprensión de las proposiciones contenidas en el proyecto de Presupuesto de Egresos. Así mismo, durante la discusión del citado proyecto, la Secretaría proporcionará toda la información que se requiera por la Comisión de Hacienda y Presupuestos. 11
Artículo 36
Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco· Título Segundo. DEL PRESUPUESTO › Capítulo III. De la Preparación del Presupuesto
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