Los documentos dirigidos a la ciudadanía, en los términos del presente Título, además de cumplir lo señalado en el artículo 116, deberán contener lo siguiente:
I. Un glosario de términos o definiciones relevantes en materia presupuestal;
II. Información relativa al gasto en educación;
III. Las previsiones del gasto destinado a transversalidades establecidas en la LFPRH vinculados con políticas para la atención de niños, niñas y adolescentes, a la mitigación de los efectos del cambio climático y de la equidad de género; y IV. Información focalizada en los temas especiales determinados en el PEGD y los de interés de los entes públicos.