El documento que se agregue al apéndice, después de firmado un instrumento, deberá hacerse constar por medio de la nota al calce.
Si el Apéndice correspondiente al tomo del protocolo donde se asienta el instrumento, se encuentra ya empastado, deberá agregarse al que esté en uso, haciéndose constar tal circunstancia en la nota de que se trate.