La Secretaría, en coordinación con autoridades federales, estatales y municipales y con los sectores públicos, privado y social, diseñará y coordinará programas para la capacitación de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas y facilitará la incorporación de prestadores de servicios turísticos desde la inclusión de las cadenas productivas.
Artículo 46
Ley de Turismo para el Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Quinto. DE LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA › Capítulo VII. CAPACITACIÓN TURÍSTICA
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