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Artículo 42

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Cuarto. Del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales › Capítulo II. Del Pleno del Instituto

Presidente del Pleno-Atribuciones 1. El Presidente del Pleno del Instituto tiene las siguientes atribuciones:

I. Representar formal y legalmente al Instituto;

II. Convocar y conducir las sesiones del Pleno del Instituto;

III. Elaborar y proponer el orden del día de las sesiones del Pleno del Instituto;

IV. Proponer al Pleno del Instituto el nombramiento del Secretario Ejecutivo y los titulares de las unidades administrativas y desconcentradas del Instituto;

V. Vigilar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Pleno del Instituto;

VI. Elaborar y proponer al Pleno del Instituto el anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto;

VII. Presentar un informe de su gestión anual ante el Pleno del Instituto el último día hábil del mes de enero;

VIII. Realizar la entrega-recepción formalmente al Presidente que lo sustituya;

IX. Representar al Instituto ante el Sistema Nacional;

X. Interponer las acciones de inconstitucionalidad cuando así lo instruya el Pleno del Instituto; y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales o reglamentarias aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.