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Artículo 33

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Cuarto. Del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales › Capítulo I. Disposiciones Generales

Instituto - Naturaleza 1. El Instituto es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía en sus funciones e independencia en sus decisiones y tiene como funciones, promover la transparencia, garantizar el acceso a la información pública de libre acceso y proteger la información pública reservada y confidencial. 2. El Instituto no se encuentra subordinado a ninguna autoridad. Las resoluciones del Instituto, en materia de clasificación de información y acceso a la información, serán vinculantes, definitivas e inatacables para todos los sujetos obligados.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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