Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 293

Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Décimo Tercero. AUTORIZACIONES Y CERTIFICACIONES › Capítulo I. DE LAS AUTORIZACIONES

Autorizaciones Sanitarias. Expedición de Autorizaciones. 1. Las autoridades sanitarias del Estado expedirán las autorizaciones respectivas, cuando el solicitante hubiese satisfecho los requisitos que señalan las normas aplicables y cubierto, en su caso, los derechos que establezca la legislación fiscal aplicable. 2. Quedan exceptuadas del pago de derechos las dependencias del Gobierno Estatal, de los Municipios, los establecimientos educativos del sector público y las instituciones de asistencia social privada.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.