Capítulo IIBases de datos en posesión de instancias de seguridad, procuración y administración de justicia
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 84 a 86
Artículos
- Art. 84De las bases de datos — Obtención. 1. La obtención y tratamiento de datos personales, en términos de lo que dispone esta Ley, por…
- Art. 85De las bases de datos — Tratamiento. 1. En el tratamiento de datos personales, así como en el uso de las bases de datos para su…
- Art. 86De las bases de datos — Medidas de seguridad. 1. Los responsables de las bases de datos a que se refiere este Capítulo, deberán…