Ejercicio de Derechos ARCO — Sentido de la resolución. 1. El Comité de transparencia puede resolver una solicitud de ejercicio de derechos ARCO, en sentido procedente, procedente parcialmente e improcedente. 2. La resolución deberá contener:
I. Nombre del responsable correspondiente; 20 II. Número de expediente de la solicitud;
III. Datos de la solicitud;
IV. Motivación y fundamentación sobre el sentido de la resolución;
V. Puntos resolutivos sobre la procedencia de la solicitud; y VI. Lugar, fecha, nombre y firma de quien resuelve.