Ejercicio de Derechos ARCO Asistencia de la Unidad de Transparencia. 1. La Unidad de Transparencia del responsable deberá auxiliar y orientar al titular en la elaboración de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO, en particular en aquellos casos en que el titular no sepa leer ni escribir. 2. Los sujetos obligados promoverán acuerdos con instituciones públicas especializadas que pudieran auxiliarles a la recepción, trámite y entrega de las respuestas a solicitudes de ejercicio de los derechos ARCO, en la lengua indígena, braille o cualquier formato accesible correspondiente, en forma más eficiente. 3. El responsable procurará que las personas con algún tipo de discapacidad o grupos vulnerables, puedan ejercer, en igualdad de circunstancias, su derecho a la protección de datos personales.
Artículo 50
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Tercero. Derechos de los titulares y su ejercicio › Capítulo II. Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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