Capítulo SéptimoDe la restitución
Ley de Protección, Conservación y Fomento de Arbolado y Áreas Verdes Urbanas del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 21 a 23
Artículos
- Art. 21El responsable que realice el derribo de árbol o palma, o un trasplante no exitoso, está obligado a la restitución de la masa…
- Art. 22La restitución se realizará en el sitio donde se derribe el árbol o palma, o en un radio menor a un kilómetro desde éste, donde…
- Art. 23Cuando no sea posible realizar la restitución de la masa arbórea, se determinarán restituciones económicas. Dicha restitución…