Los sistemas municipales de protección civil tienen como función promover en cada Municipio los objetivos generales y específicos del Sistema Estatal. Su estructura orgánica se integrará conforme a lo dispuesto por sus respectivos reglamentos municipales y en su defecto, se conformará por:
I. El Consejo Municipal de Protección Civil;
II. La Unidad Municipal de Protección Civil;
III. Las unidades internas; y IV. Los voluntarios y brigadas comunitarias registrados ante la autoridad de protección civil correspondiente.